lunes, 23 de septiembre de 2013

RECURSOS CONTRA PROVIDENCIAS CAUTELARES (TODAS LAS COMISIONES)


BASE FACTICA:

El día 13 de abril de 2010 Fernando VELIZ, mientras regresada a su domicilio proveniente del colegio al que asistía regularmente, fue embestido por un vehículo automotor que, al ser impactado por otro que ocasionó la pérdida de control de su conductor, se subió a la vereda  hiriendo mortalmente al peatón de 14 años.-

Con motivo del hecho se instruyó una investigación penal preparatoria en la cual fueron imputados por ser presuntamente autores penalmente responsables del homicidio los dos conductores de los automotores involucrados en el hecho.-

Paralelamente los padres del Fernando VELIZ promovieron una demanda en procura del pago de la indemnización de los daños materiales y morales por la irreparable pérdida de su hijo menor de edad, estimando la misma en la suma de $ 1.250.000.-

En la causa penal los dos conductores fueron citados a prestar declaración en los términos del artículo 308 del CPP y, tras negarse a declarar, el Fiscal requirió la elevación de la causa a juicio citando en apoyo de dicha requisitoria 1) la declaración concordantes de 3 testigos oculares que relataron con detalle el accidente, enfatizando la excesiva velocidad de ambos conductores; 2) la pericia accidentológica, que dio cuenta que al momento del encuentro los automotores circulaban a más de 60 kilómetros por hora, y 3) la pericia química que informó de la existencia de alcohol en sangre de ambos protagonistas. El Juez de garantías, accediendo al pedido fiscal, dispuso elevar la causa a juicio oral y público.-

CUESTION PRESENTE:

Con copia certificada de la causa penal, los actores en el juicio civil solicitaron el dictado de una medida cautelar consistente en el EMBARGO PREVENTIVO de los inmuebles que denunciaron. Fundaron el pedido cautelar en que: 1) La verosimilitud en el derecho debía reputarse cumplimentada con el tenor la resolución judicial acompañada en tanto el juicio de reproche en ella contenido permitía tener por “prima facie” justificada la existencia del hecho principal y la responsabilidad de los imputados, simultáneamente demandados en el juicio civil a efectos de hacer efectiva su responsabilidad patrimonial. Y, 2) en cuanto al requisito del peligro en la demora, se debía ponderar que ninguno de ambos conductores denunció, en ocasión de responder la demanda, la existencia de seguro de responsabilidad civil por lo que, frente a la magnitud del daño causado, a le entidad de la indemnización que se demanda y que podría tener acogimiento debe considerarse que existe un peligro cierto de que la previsible duración del proceso pueda ser utilizada por ellos para la realización de maniobras tendientes todas ellas a concretar una disminución patrimonial que tornaría ilusorio el cumplimiento de la sentencia.-

A dicho pedido el Juez dictó la siguiente PROVIDENCIA CAUTELAR: ///del Plata, 22 de septiembre de 2013. Sin perjuicio de lo que resulta de las constancias acompañadas, no encontrándose a mi juicio suficientemente acreditada la verosimilitud en el derecho ni el peligro en la demora, no ha lugar por ahora al embargo solicitado. En efecto: aun cuando se le asignara el pretendido valor demostrativo a diligencias cumplidas o resoluciones adoptadas en otra sede jurisdiccional como sería la represiva, no puede perderse de vista que las mismas están llamadas a producir efectos exclusivamente acotados en el ámbito procesal en el que fueron dictadas y para los específicos cometidos que están llamadas a cumplir. De allí que no resulten aptas por si solas para tener por configurado, con el grado de probabilidad exigido por el artículo 209 del CPCC para tornar viable el dictado de una medida cautelar, en tanto no hay prueba alguna del daño ni de su magnitud que permita determinar  con algún grado de objetividad la cuantía probable a la que podría ascender una reparación como la pretendida en el escrito de demanda.-

GUIA DE TRABAJO:

Se propone la siguiente guía de trabajo:

1.- Análisis y discusión del caso: evaluar, por ejemplo, qué valor probatorio o qué efectos procesales podrían proyectar en el juicio civil las diligencias investigativas (v. gr. Declaraciones testimoniales, pericias) que se concreten en una investigación penal que se lleve adelante con relación al mismo hecho que da basamento a una pretensión indemnizatoria, así como también el eventual dictado de resoluciones judiciales que abran un juicio (aunque provisorio) de responsabilidad penal de los imputados, demandados simultáneamente en el juicio civil.-

2.- Examinar y argumentar, sobre la base del análisis de los hechos del caso, la existencia de verosimilitud en el derecho con miras a obtener una medida cautelar en el juicio civil.-

3.- Hacer lo propio con respecto al requisito del peligro en la demora.-

4.- Abonar el ensayo de dicha argumentación con jurisprudencia y/o doctrina aplicables al caso.-

5.- Analizar mediante qué recurso (revocatoria, apelación, ambos) se podría impugnar la  providencia cautelar desestimatoria del embargo pedido.-

6.- Redactar el escrito pertinente valiéndose para ello de los argumentos ensayados en el marco de las consignas precedentes.-

 

 

1 comentario:

  1. chicos como encararon la preg 2 y 3?? hay q agregar mas elementos q constaten la verosimilitud en el derecho??

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