lunes, 29 de agosto de 2011

TRABAJO PRACTICO SOBRE RECURSOS ORDINARIOS

En los autos caratulados “FARIAS vs. GIMENEZ s/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, de trámite ante el Juzgado de 1 ª Instancia en lo Civil y Comercial n º 2 de Mar del Plata, se le confirió traslado al demandado por el plazo de 10 días para que conteste la demanda. Dicho traslado se notificó mediante cédula entregada en persona al demandado, que se domicilia realmente en la ciudad de Buenos Aires. Al día 12 de producida la notificación, el demandado se presentó y contestó la demanda. El Juez proveyó dicho escrito del siguiente modo: “///del Plata, 29 de agosto de 2011. Resultando del cotejo entre la cédula de notificación del traslado de demanda y el cargo puesto en el escrito que aquí se provee que la demanda ha sido contestada fuera de término, procédase a la devolución de dicho escrito al interesado bajo constancia y dése al demandado por decaído el derecho que dejó de usar (arts. 150 y 484 del CPCC)”.-

Contra dicha resolución, el demandado articuló un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En sus fundamentos, adjujo que el plazo para darle respon de la demanda se debía considerar, en razón a su domicilio y a la distancia en relación al Juzgado donde tramita la causa, ampliado automáticamente en 2 días (art. 158 del CPCC).-

El juez, sin dar sustanciación al recurso, lo resolvió de la siguiente manera: "///del Plata, 10 de septiembre de 2011. AUTOS Y VISTOS Y CONSIDERANDO: toda vez que la providencia de fecha 29/8/2011 se encuentra ajustada a derecho, no hay razón atendible alguna que me lleva a reponerla. En efecto, el auto que dispuso dar traslado a la demanda al demandado fijó un emplazamiento de 10 días que fue consentido por el demandado, quien, una vez notificado del mismo, no articuló recurso alguno tendiente a obtener una eventual ampliación del plazo. Operó a dicho respecto la preclusión. De allí que no sea aplicable la ampliación del plazo en razón a la distancia cuando, como en la especie, la providencia que dispuso el traslado quedó firme y consentida. Ergo, la contestación de demanda fue presentada fuera de plazo. En cuando al recurso de apelación deducido en subsidio, el mismo deberá ser desestimado en razón a que dadas las limitaciones recursivas que prevé el artículo 494 del CPCC para este tipo de proceso, la apelación deviene inadmisible. Por todo ello RESUELVO: 1) Desestimar sin costas el recurso de revocatoria deducido; 2) Desestimar por inadmisible el recurso de apelacion deducido ensubsidio (arts. 241 y 494 CPCC).- REGISTRESE. NOTIFIQUESE.-"
GUIA DE TRABAJO:
1.- Establezca qué tipo de providencia es la dictada por el Juez con fecha 29/8/2011 y cuáles serían los recursos admisibles contra ella, teniendo en cuenta para ello las limitaciones que contiene el artículo 494 del CPCC.-
2.- Analice en particular la viabilidad formal del recurso de revocatoria y los fundamentos que permitirían lograr una revocación de la providencia atacada.-
3.- Complemente dicha argumentación con la somera referencia a al menos dos fallos que avalen la impugnación.-
4.- Redacte el escrito correspondiente.-
5.- Analice la admisibilidad del recurso de apelación que fue desestimado. Busque jurisprudencia.-

6.- Analice la admisibilidad del recurso de queja tendiente a obtener la concesión de la apelación denegada.-

7.- Redacte el escrito de interposición de la queja.-

REFERENCIA BIBLIOGRAFICA:

Se sugiere la consulta de la siguiente bibliografía:

DIAZ, Eduardo A., Confección de escritos procesales. Qué decir y cómo decirlo, Hammurabi (hay copia en el CENTRO DE COPIADO DE LA FACULTAD).-

Eisner, Isidoro, "Complejidad de las llamadas providencias simples", Rev. L.L., 1989-A-833.-

Consulta jurisprudencial: se sugiere el acceso al sitio www.scba.gov.ar , JUBA




miércoles, 24 de agosto de 2011

CASOS DEMANDA (Todas las Comisiones)

CASO 1

Concurre a su estudio la Señora Beatriz Bebilaqua y le relata que con fecha 16 de Octubre del año 2009, su hijo de 13 años de edad que concurre al Colegio San Matias, mientras se encontraba en el horario de gimnasia recibió un pelotazo en el ojo izquierdo. Momento en el cual lo trasladan a una Clínica especializada en oftalmología, donde el galeno que lo recibió al examinar al menor puedo detectar que a raíz del traumatismo ocular sufrió una hemorragia macular con edema foveolar, coágulos flotantes . No pudiéndose determinar en ese momento la exactitud de la secuela, debido a la magnitud del daño oftalmológico. Le indican reposo absoluto , pudiendo el infante levantarse solo paria ir al baño - por el riesgo inminente de que la hemorragia existente en el ojo izquierdo se traslada al sano- y antiinflamatorios, midriaticos y anticoagulantes que facilitaron la absorción de la hemorragia interna y la visualización del desprendimiento de retina y tres perforaciones en la macula . Una vez determinado el daño, le prescriben una cirugía con anestesia local que duró dos horas y media, que si bien tuvo resultado positivo no impidió la pérdida del 90 por ciento de la visión del ojo.-

1) ¿Quiénes son los legitimados activos ?

2) ¿Quiénes son los legitimados pasivos?

3) Determinar el Juez competente como el tipo de trámite que se le va a imprimir a la presente acción

4) ¿Cuáles son los rubros que se pueden peticionar ?

5) Los padres del menor ¿pueden reclamar daño moral ? Buscar solución legal y opinión de la doctrina y la jurisprudencia.-

CASO 2

Concurre a su estudio la señora JUANA GARCIA, quién ha sido declarada insana mediante sentencia de fecha 25 de Agosto de 2010, y le relata que en Noviembre de 2008, suscribió un contrato de locación sobre un bien inmueble de su propiedad con GERMANA S.R.L. , habiendo rubricado dicho acuerdo de voluntades el señor GERNAN PEREZ, socio gerente de la misma, para habitarlo conjuntamente con su esposa. Momento en el cual se pactó un canon locativo de PESOS SEIS MIL ($6000) que fue abonado en tiempo y forma hasta noviembre de 2010 que abonó solo la mitad , los meses subsiguientes se encuentran impagos. LE manifiesta que su intención es cobrar lo adeudado y recuperar la tenencia de dicho bien.-

1) ¿ Cuáles son los legitimados activos ?

2) ¿Cuáles son los legitimados pasivos?

3) ¿Cuál sería la o las opciones para lograr lo solicitado por su clienta?

4) Su clienta ¿puede otorgarle un poder para que usted inicie la acción?

5) ¿ Qué tipo de acción puede interponer?

6) ¿Cuál es el tramite que se le imprimirá a la misma?

7) Recaudos a cumplir para iniciarla


CASO 3

Ismael Daniel G. adquirió una entrada para ingresar al recital realizado el 20/6/2010 en el "CLUB ATLETICO MUNICIPAL". Del "ticket" o entrada surge que el recital fue "organizado" por "ROCK & MUSIC PRODUCCIONES INTERNACIONALES".

Al salir los músicos a escena quienes se encontraban detrás del nombrado se cayeron, provocando a su vez la caída del nombrado junto a otras personas desde el primer piso a la planta baja. Como consecuencia de la caída el actor sufrió diversas lesiones.

A raíz de los fuertes dolores que sufría, personal de seguridad del estadio, lo llevó a la enfermería, efectuándosele las primeras curaciones. Posteriormente fue trasladado al Hospital Ingnacio Pirovano, donde se dispuso su internación, colocándole una tracción esquelética en el talón. Esta consiste en la perforación del hueso para colocarle en el orificio un clavo más largo que la superficie atravesada; luego, de las salientes se cuelga una polea con una pesa de 15 kgr. para provocar el estiramiento del hueso. Así permaneció 15 días impedido de toda movilidad. Posteriormente le fue colocado otro clavo en el hueso de la pierna afectada, pasando así otras dos semanas. Luego se le colocó un yeso y fue trasladado a su casa, donde permaneció 3 meses más.

Además de verse impedido de desarrollar una serie de actividades propias de la edad -21 años-, quedó con la pierna afectada varios centímetros mas corta que la otra, lo cual implica una renguera permanente, la afectación en exámenes preocupacionales, y traumas psicológicos.

Sostiene que la responsabilidad derivada del hecho recae sobre la empresa demandada nace a partir del deber de garantía emergente del contrato innominado, en punto a la seguridad personal de cada espectador.

TRABAJO A REALIZAR:

1.-Confeccionar la demanda determinando la legitimación pasiva, discriminando los hechos y fundamentando con jurisprudencia el reclamo por: a) incapacidad parcial y permanente, b) daño psicológico, gastos por tratamiento psiquiátrico, c) tratamiento kinesiológico, d) daño moral, e) medicamentos, f) gastos de traslados, g) gastos médicos h) gastos de vestimenta.

2.-Fundarlo en derecho.

3. Ofrecer la prueba. En la pericial formular los puntos de pericia propuestos.


CASO 4

Pedro Fuentes le encomendó al Arquitecto Mario Guardiola la realización de un proyecto para la construcción de una vivienda multifamiliar en un lote de su propiedad, sito en el Barrio Privado Rumencó de Mar del Plata. Culminado el proyecto y aprobado por el propietario, la obra comenzó el día 1 de septiembre de 2009. La ejecución de la misma estuvo a cargo de la empresa constructora Arquitectura y Diseño Guardiola y Asoc. SRL. Se pactó entre las partes que la misma debía estar concluída para el día 31 de marzo de 2011. Se cotizó un precio por mano de obra y dirección ejecutiva de $ 350.000, con más los materiales que debían ser provistos por el propietario. Para el día 20 de febrero de 2011 la obra tenía un grado de avance del 98 %. Faltaba la colocación de aberturas y sanitarios y concluir trabajos de pintura. Ese día se produce la caída de copiosas lluvias que causaron el ingreso de gran cantidad de agua a la obra, denotando graves defectos en la realización de paquetes de aislación e impermeabilización, así como tambíen en las distintas bocas de tormenta y caños pluviales. El día 21 de febrero de 2011 Pedro Fuentes le remite una CD a Mario Guardiola, comunicándole su decisión de poner fin al contrato de locación de obra, desvinculándolo definitivamente de la misma.

Trabajo a realizar

Como representante del Sr. Fuentes, confeccionar la demanda determinando la legitimación activa y pasiva, discriminando los hechos y fundamentando con jurisprudencia el reclamo

Nota: En la entrada del 30 de agosto de 2010 hay un modelo de demanda.